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NÚMERO DE VISITAS

Visa tipo B. Para visitantes por negocios o turistas.
personas que viajan por tratamiento médico.

Visa tipo C. Para pasajeros en tránsito por Estados Unidos. (Ya sea de paso por un aeropuerto o un puerto marítimo)

Visa tipo D. Para miembros de tripulación aérea o marítima.

Visa tipo E.  Para inversionistas y/o comerciantes de países que han firmado tratados comerciales con Estados Unidos.

Visa tipo F.  Para los extranjeros que desean estudiar o investigar en un centro de enseñanza superior en Estados Unidos. Esta visa tiene una duración igual al tiempo estimado que tomará el programa de estudios. Los portadores de esta visa podrán viajar y permanecer en territorio estadounidense en compañía de sus familiares directos (cónyuges e hijos),
a quienes se les otorgan las visas F-2. Sin embargo, los acompañantes no podrán trabajar durante su estadía.

Visa tipo H. Para Trabajadores temporales.

Visa tipo I. Para representantes de medios de comunicación internacionales (incluye corresponsales de prensa extranjera acreditados en Estados Unidos).

Visa tipo K. Prometidos (novios) o prometidas (novias) y cónyuges de ciudadanos estadounidenses casados en el extranjero.

Visa tipo O. Para extranjeros con habilidades extraordinarias.

Visa tipo P. Para atletas, grupos de entretenimiento (tales como orquestas) y personal de apoyo.

Visa tipo Q. Para visitantes por intercambio cultural.

Visa tipo R. Para extranjeros que viajen a Estados Unidos para laborar en una organización de tipo religioso. Se incluyen ministros autorizados por una congregación reconocida para conducir oficios y desarrollar otras tareas usualmente desarrolladas por miembros del clérigo, tales como administrar los sacramentos o sus equivalentes. El término no aplica a predicadores. Una vocación religiosa implica llevar una vida basada en la religión, evidenciada a través de un compromiso de vida como por ejemplo tomar votos (monjas, monjes, hermanos y hermanas) o una actividad que involucre y se relacione con el desarrollo de una vida religiosa tradicional (trabajadores litúrgicos, instructores de cantos religiosos, catequistas, trabajadores en un hospital religioso, misioneros, traductores religiosos o difusores religiosos).

Visa tipo TN o TLC. La Visa TN es una visa de trabajo temporal. El gobierno de los Estados Unidos publicó en años pasados una lista donde especifica a detalle las profesiones que se acreditan para esta visa. Los familiares directos (cónyuge e hijos menores de 21 años solteros) del portador de una visa tipo TN reciben una visa derivada pero con ella no tienen permiso para trabajar.

Las visas TN se pueden renovar . La validez de ésta visa está en relación con la vigencia del contrato u oferta para laborar en Estados Unidos en una empresa nacional. Es necesario que los ciudadanos mexicanos tramiten un permiso mediante el Formulario I-797.

Visa B-1. Para visitantes temporales por razones de negocios. Incluye a comerciantes o representantes de empresas que viajan a Estados Unidos con propósitos de hacer ventas, asistir a reuniones o conferencias de negocios.

Visa B-2. Para turistas, extranjeros que ingresan a Estados Unidos por vacaciones o viaje de placer. No permite trabajar ni cursar estudios. La B-2 también se otorga a personas que viajan por tratamiento médico.

Visa C-1. Para cualquier extranjero que toque un puerto de entrada (marítimo o aéreo) en Estados Unidos.

Visa C-1D. Visa combinada de diplomáticos, altos funcionarios de gobiernos extranjeros y tripulantes en tránsito por Estados Unidos.
Visa C-2. Para personal de gobiernos extranjeros en tránsito y sus familiares inmediatos.

Visa C-3. Para empleados contratados por diplomáticos o funcionarios de gobiernos y organismos internacionales portadores de visa tipo C-1 y C-2 en tránsito y sus familiares inmediatos.

Visa D-1. Para tripulantes de aviones o barcos (pilotos, aeromozas, sobrecargos y marinos) que requieren permanecer de manera temporal en Estados Unidos para partir en un tiempo breve en el mismo avión o barco.

Visa tipo DV. Para ganadores de la Lotería de Visas. El sorteo es dirigido por el Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado. En el último sorteo, activado entre noviembre de 2004 y los primeros días de enero de 2005), se enviaron más de 6 millones de solicitudes. El sorteo distribuye 55 mil visas.

Visa E-1. Para personal de empresas que desarrollen actividades comerciales de importación y exportación entre Estados Unidos y el país con el que existe un acuerdo comercial. Incluye a familiares directos del portador de la visa.

Visa E-2. Para personal que desarrolle o haga investigaciones significativas en Estados Unidos por parte de una empresa o compañía del país con el que existe un acuerdo comercial.

Visa EB-1. Para extranjeros con habilidades extraordinarias, profesores destacados, investigadores y ejecutivos. Estas personas generalmente tienen ofertas de trabajo, pero deben demostrar que ningún ciudadano americano podrá desempeñar ese trabajo tan bien como ellos. En el caso de demostrar que su residencia es de interés nacional, los requerimientos para la oferta de trabajo y el certificado de labor son suspendidos.

Visa EB-2. Para trabajadores con grados avanzados o excepcionales habilidades en las ciencias, artes o negocios. Estas personas generalmente tienen ofertas de trabajo, pero deben demostrar que ningún ciudadano americano puede desempeñar ese trabajo. En el caso de demostrar que su residencia es de interés nacional, los requerimientos para la certificación pueden ser suspendidos.

Visa EB-3. Para ciertos profesionales y trabajadores calificados.

Visa tipo EB-4. Para trabajadores religiosos, ministros y trabajadores religiosos.

Visa EB5. Inversionistas bajo este programa invierten al menos 500 mil dólares en áreas rurales zonas de desempleo.

Visa F-1 Para estudios académicos o de idiomas. Se otorga a extranjeros que deseen realizar estudios en una universidad, un instituto de educación superior o una escuela de idiomas.

Visa F-2. Familiares inmediatos (cónyuge e hijos de F-1)

Visa H1-B. Para trabajadores profesionales. Las modelos profesionales pueden solicitar estas visas.

Visa H-3. Para trabajadores en práctica o entrenamiento que no sean médicos o académicos. Esta clasificación también corresponde a entrenamiento práctico en la educación de niños discapacitados. La visa H-3 permite al individuo recibir adiestramientos que no estén disponibles en su país de origen.

Visa H-4. Para familiares directos (cónyuge e hijos menores de 21 años solteros) de cualquier portador de una visa tipo H.

Visa K-1. Para el novio o la novia de un ciudadano estadounidense que viaja a Estados Unidos con el propósito de contraer matrimonio.

Visa K-2.Hijos menores de 21 años solteros del portador de una visa tipo K-1.

Visa O-1. Para personas que tengan una habilidad extraordinaria en el campo de las artes, ciencias, educación, negocios o deportes o que hayan obtenido extraordinarios desempeños en el campo televisivo o de cine.

Visa O-2. La clasificación O-2 corresponde a personas que acompañen a personas que asistan o se desempeñen en algún evento artístico o deportivo.

Visa P-1. Para atletas individuales, miembros de un equipo o miembros de un grupo de variedades que sea internacionalmente reconocido. El gobierno otorga 25 mil de estas visas por año.

Visa P-2. Para artistas que viajan a Estados Unidos bajo un programa de intercambio recíproco.

Visa P-3. Para artistas que se desarrollen bajo un programa que sea culturalmente único y que tenga reconocimiento internacional.

Visa P-4. Para familiares directos (cónyuges e hijos) de portadores de una visa tipo P.


Visa Q-1. Para visitantes que participan en un programa de intercambio cultural. La clasificación corresponde a participantes en un programa cultural internacional con el propósito de otorgar entrenamiento práctico, trabajo e intercambio cultural, histórico y de tradiciones del país de origen del extranjero.

Visa Q-2. Para familiares inmediatos (cónyuge e hijos) del portador de una visa Q-1.

Visa R-1. Para el religioso.

Visa R-2. Para los familiares inmediatos del religioso (Cónyuge e hijos menores de edad del portador de una R-1

 

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